actualidad

 

Las asociaciones familiares podrán ser declaradas de utilidad pública

Madrid, 7 de enero de 2004

Hasta ahora existía una clara discriminación e injusticia para con las asociaciones familiares, ya que la ley orgánica de asociaciones del 2002 establecía hasta 17 tipos de fines que las asociaciones podían tener para ser consideradas de utilidad pública pero de esos 17 fines posibles (culturales, educativos, deportivo, de defensa del medio ambiente, de fomento de a economía social, etc) ninguna hablaba de la promoción de y protección de la familia. Las asociaciones que trabajaban por y para la promoción de la familia eran consideradas de segunda clase por la administración.

Con esta modificación del articulado lo que hace el Gobierno es un acto de justicia con las familias y reconocer la importancia de las asociaciones familiares

Esto se ha conseguido en la ley de acompañamiento de los presupuestos generales del estado 2004 ("proyecto de ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social ") del 16 de octubre de 2003, que cambia la redacción del artículo 32.1 letra a) añadiendo que podrán ser declaradas de utilidad pública las asociaciones que en sus fines estatutarios tiendan a promover : "LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA FAMILIA" quedando así la Redacción de la nueva ley:

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