Los siete motivos más comunes de disputa legal tras el divorcio

Matrimonio y Familia |

(La Razón). Los recientes datos sobre el divorcio en España nos han sorprendido por su tendencia a la baja por primera vez en los últimos diecisiete años. Los 21.000 divorcios registrados en 2018 suponen un récord a la mínimadesde 2001, pero no deberíamos precipitarnos a celebrar el amor. El dato se correspondería, según el Consejo General del Poder Judicial, con el descenso paralelo del número de matrimonios.

 


A menos bodas, menos divorcios, pero, ojo, no menos reclamaciones post sentencia de divorcio. Las parejas que consiguen decirse adiós mediante un juez regresan a los despachos de abogados y a los tribunales con el objeto de modificar medidas recogidas en la sentencia, o bien con el fin de hacerlas cumplir. Ellos o ellas, lo explica la abogada de familia y directora de Garea Abogados, Alejandra García, acuden de igual manera, tengan o no la custodia de los niños. Entre los motivos, estos son los más habituales:

1. No pagar la pensión alimenticia, una cuestión que es de obligado cumplimiento, sin importar las circunstancias que pretendan justificarlo: ni la falta de recursos económicos, ni que se plantee el impago como compensación de deudas entre ambos progenitores. Mucho menos, que se produzca en represalia por impedir las visitas a los hijos. Nunca se debe dejar de pagar la pensión, ya que, en el mejor de los casos, ese incumplimiento dará lugar a una ejecución de sentencia, incrementándose la deuda con los intereses y costas que se generen. En el peor de los supuestos, advierte la letrada, puede derivar en un proceso penal por impago de pensiones, con la consiguiente condena y generando antecedentes penales.

2. También en clave económica, una fuente de problemas legales es la no actualización de la pensión con el IPC o con el sistema de actualización que recoja la Sentencia. El IPC es un índice de carácter público, que puede ser conocido por cualquier persona. Por ello, la actualización es de obligado cumplimiento por estar a disposición de la parte los datos necesarios para realizarla. ¿Qué ocurre si no se lleva a cabo? Lo mismo que en el apartado anterior, desde el incremento de deuda e intereses hasta la condena penal.



 

3. Dejar de pagar la hipoteca, una mala decisión que afecta a ambas partes, ya que el impago de esta carga puede dar lugar a que el banco ejecute la hipoteca y ponga en marcha un proceso en el que no va a reclamar las cuotas no abonadas, sino la totalidad de la hipoteca, más intereses y costas. Así pues, es preferible tratar de alcanzar acuerdos entre las partes e incluso con la entidad bancaria con el fin de evitar perjuicios mayores.

4. También en relación a la vivienda, y tras la Sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso de la casa familiar para los divorciados con hijos, desde Garea Abogados recuerdan que quien vive en el domicilio conyugal con los niños no puede meter en él a su nueva pareja sentimental. Si lo hace puede quedarse en la calle, en caso de que los bienes de la pareja se encuentren en régimen de gananciales.

5. Otro error importante: tomar decisiones que afectan a la patria potestad unilateralmente. Es muy habitual que el progenitor custodio, amparándose en esa custodia, tome decisiones sobre los menores sin contar con el otro, por ejemplo , elegir la guardería o el colegio, trasladar la residencia menor, matricularle en catequesis... Se trata de cuestiones relevantes a tratar en el seno de la pareja . En caso de desacuerdo será el Juez quien determine a quién otorga el poder de decidir.

6. Impedir el régimen de visitas: Lo fundamental en los procesos que regulan la ruptura es la protección de los menores y los progenitores no deben ignorar que el derecho de visitas es de los niños, no de los padres. Por eso un incumplimiento reiterado del régimen de visitas provocado por el progenitor custodio puede dar lugar incluso a un cambio de custodia.

7. No comunicar al progenitor obligado al abono de la pensión que los hijos mayores de edad están trabajando. Esta circunstancia implica que ya no tienen que continuar contribuyendo económicamente, por lo que, según recientes sentencias puede entenderse como un enriquecimiento injusto e, incluso, como abuso de Derecho, y dar lugar a la devolución del importe percibido indebidamente, más los intereses y costas correspondientes.

No son las únicas razones de conflicto, pero sí las más comunes y las que acaban afectando a los hijos y a la convivencia que tienen con sus progenitores, ya tengan o no su custodia. Para evitar situaciones irreversibles lo mejor es acudir a los expertos en derecho de familia y también a una nueva figura, la del mediador. Se trata de un profesional imparcial y neutral al que pueden acudir las partes para mejorar la comunicación entre ellas y alcanzar acuerdos consensuados. Existen numerosos organismos y asociaciones en toda España que disponen de este servicio, según informa Garea Abogados.